Redacción y revisión de contratos civiles y mercantiles, asegurando su validez y protección legal.
Es un título de valor, según el Código de Comercio, donde una persona, llamada otorgante, se compromete a pagar una suma específica de dinero a otra persona, denominada beneficiario o portador.
Es un título de crédito en el que una persona autoriza a otra a retirar dinero de una cuenta, sin la necesidad de la presencia del titular de la cuenta bancaria.
Existen dos tipos de cheques:
A la orden: Puede ser cobrado por cualquier persona que lo presente en la institución bancaria.
Al portador: Emitido a nombre de una persona específica, quien puede cobrarlo después de identificarse ante la institución bancaria.
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